martes, 18 de septiembre de 2012

DERECHOS INTELECTUALES EN EL ECUADOR



El Derecho de Autor es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos morales y patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución del Ecuador y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Las obras protegidas comprenden, entre otras, las siguientes: novelas, poemas, obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases de datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos, fotografías, obras escultóricas, obras arquitectónico, publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras de arte aplicadas a la industria.
El derecho de autor dura la vida del creador más 70 años después de su muerte
El uso de una obra sin la autorización expresa de su autor es considerado ilegal y puede ser castigado con multas e incluso prisión

¿Cómo se protege el derecho de autor?
El derecho de autor protege la obra por el solo hecho de su creación; sin embargo, es recomendable registrar la obra en la Unidad de Registro del IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor.
Ø  La protección del Sistema de Derecho de Autor se basa en la potestad de autorizar o prohibir el uso de su obra. 
Ø  El plazo de vigencia de la protección se da sin prejuicio de derechos morales que se protegen indefinidamente 
Ø  Derechos que pueden ejercer el autor o sus herederos
Ø  El autor podrá autorizar o prohibir:
Ø  La producción o fijación de cualquier medio o por cualquier procedimiento de la obra.
Ø  La comunicación pública de la obra
Ø  La distribución de ejemplares de la obra
Ø  La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra 

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